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Periodo de Renta (I.R.P.F.)

Se acercan los meses de la confección de la Renta, aunque Mayo y Junio son los dos en los que se puede confeccionar, en el mes de Abril se podrá recibir, pedir y confirmar los borradores que desde la administración se nos proporciona. Cuidado con confirmarlos sin echarle un vistazo, puesto que aunque los datos nos vienen de la Administración, nosotros como firmantes somos los culpables de cualquier dato que nos proporcionen erroneo. A continuación os dejo algo de información acerca del impuesto.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, es un impuesto personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España. Así pues, es una figura impositiva perteneciente al sistema tributario español.

En los ordenamientos tributarios contemporáneos, el impuesto sobre la renta es el pilar más significativo del sistema tributario. En el caso de España, el IRPF no es una excepción, teniendo una gran relevancia cuantitativa y recaudatoria. Tanto por su importancia como por la precisión que permite su mecánica tributaria, el IRPF refleja con nitidez los principios tributarios constitucionales y de justicia material, entre los que cabe destacar el principio de progresividad, de generalidad y de capacidad económica.

La normativa aplicable al impuesto será la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, así como su correspondiente Reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.


Fuente: Wikipedia